Proceso: PATIOS-MC-ODR-65-2026 – Adquisición de insumos proceso asociativo
Observante: L2D INGENIERÍA SAS (Dency Edith Ramírez Garcés)
Mensaje SECOP II: CO1.MSG.10107850 del 20 de octubre de 2026
Observación:
El observante solicita el desglose de los precios techo, pues considera que ni en los estudios previos ni en los anexos están los precios de referencia para preparar la oferta económica.
Respuesta de la Entidad:
La Entidad no acoge la observación, por las siguientes razones.
El presente proceso se adelanta por la modalidad de mínima cuantía. Según el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad acepta la oferta de menor precio, siempre que cumpla las condiciones exigidas en la invitación pública. El precio es el único factor de selección.
El artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 regula los estudios previos de esta modalidad. Exige indicar el valor estimado del contrato y su justificación, pero no publicar el desglose de los precios unitarios ni las cotizaciones que sirvieron de base. En cumplimiento de esa norma y del artículo 2.2.1.1.1.6.1 del mismo decreto, la Entidad hizo el análisis del sector y el estudio de mercado. Con ellos determinó el presupuesto oficial que aparece en los estudios previos y en la invitación pública. Ese soporte reposa en el expediente del proceso, y la Entidad no está obligada a publicar el detalle de precios unitarios de referencia.
Además, como el único criterio de selección es el menor precio, publicar precios unitarios de referencia podría inducir a los oferentes a ajustar sus ofertas a esos valores. Eso limitaría la competencia de precios que busca esta modalidad. Cada proponente debe preparar su oferta económica con su propia estructura de costos y el mercado, atendiendo:
- las especificaciones técnicas,
- las cantidades del anexo técnico y del formulario de oferta económica,
- el presupuesto oficial como límite máximo.
La oferta cuyo valor total supere el presupuesto oficial será rechazada, conforme a la invitación pública.
En consecuencia, se mantienen las condiciones establecidas en la invitación pública.